HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA Teléfonos: 3882497 / 3882546 • Fax.: 3882497 Calle Victoriano Gutiérrez, acera Norte Plaza 8 de Diciembre E-mail: ham_cotoca@cotas.com.bo — www.hamcotoca.org.bo
LEY AUTONOMICA MUNICIPAL Nº 010/2022 "DIA DE LA TRADICIÓN EN LA COMUNIDAD DE TAJIBO"
Sr. Raúl Gonzalo Alvis Claudio ALCALDE MUNICIPAL DE COTOCA GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COTOCA
Sr. Wilfredo Añez Carrasco PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COTOCA
Por cuanto el Concejo Municipal de Cotoca, ha sancionado la siguiente Ley Municipal.
"LEY QUE DECLARA DÍA DE LA TRADICIÓN TAJIBEÑA"
Artículo 1.- Declárase como el "Día de la Tradición Tajibeña" el primer día del mes de mayo de cada año.
Artículo 2.- La presente ley tiene como finalidades, valorar, proteger, preservar, conservar, promover y difundir el patrimonio cultural de los tajibeños, expresado en sus bienes culturales, costumbres, hábitos, mitos, leyendas, gastronomía típica, juegos tradicionales, música, danza, habla popular y otros valores costumbristas y tradicionales de la jurisdicción.
Artículo 3.- El Órgano Ejecutivo Municipal deberá coordinar con la Sociedad Civil Organizada, Asociaciones de Moto taxis, Auto Transporte de 4 ruedas, Asociación de Comparsas, Fraternidades y Grupos Culturales y otros la organización del evento a desarrollar.
Artículo 4.- El Ejecutivo Municipal deberá asignarle un monto económico de 3.000,00 (Tres Mil Bolivianos 00/100) para la organización de las actividades culturales presupuestándolo en el POA Y PRESUPUESTO INTITUCIONAL de cada gestión.
Artículo 5.- La presente ley municipal se aplicará en toda la jurisdicción del municipio de Cotoca.
DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA
Única.- Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones normativas contrarias a la presente Ley Municipal.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El Órgano Ejecutivo Municipal queda encargado de la ejecución y cumplimiento de la presente Ley Municipal.
Conforme al artículo 14 de la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales deberán remitir al Servicios Estatal de Autonomías – SEA- toda la normativa emitida para su registro.
Es dada en el salón de sesiones del Honorable Concejo Municipal de Cotoca, a los Veintisiete Días del Mes de Abril del Año Dos Mil Veintidós.
Prof. Julio César Justiniano López CONCEJAL SECRETARIO H.C.M. DE COTOCA
Sr. Wilfredo Añez Carrasco PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Municipio de Cotoca.
Raúl Gonzalo Alvis Claudio ALCALDE MUNICIPAL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE COTOCA
Ciudad de Cotoca; Fundada el 15 de Diciembre de 1607 por el Gobernador Juan de Mendoza. Capital de la Provincia Andres Ibañez por ley de la Republica Nº 15/22 del 13 de Diciembre de 1993.