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LEY MUNICIPAL AUTONÓMICA Nº 08/2019 "LEY DE INSTITUCIONALIZACIÓN DEL DÍA DEL CHORIZO PROBOSTEÑO"
Wilfredo Añez Carrasco Alcalde Municipal de Cotoca GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COTOCA
Sr. Raúl Gonzalo Alvis Claudio PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE COTOCA APRUEBA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se Institucionaliza como el "Día del Chorizo Probosteño" el tercer fin de semana del mes de marzo de cada año, a partir del presente año 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Organización está a cargo del club de madre Santa Rosa de Proboste, bajo la supervisión de la Relacionadora de Organizaciones Sociales, dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca, con la finalidad de promover la actividad laboral y los emprendimientos de los clubes de madres del proyecto social de mujeres y hombres emprendedores del Municipio.
ARTÍCULO TERCERO.- El Ejecutivo Municipal deberá destinar los recursos económicos y logísticos para el desarrollo de este festival en coordinación con las productoras del rubro, debiendo además disponer de personal de la Intendencia Municipal y Medioambiente, a fin de control de calidad y salubridad de los productos que se ofrezcan.
ARTÍCULO CUARTO.- El H. Alcalde Municipal de Cotoca, queda encargado de la ejecución y el cumplimiento de la presente Ley Autonómica Municipal.
Es dada en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Cotoca, a los Doce Días del Mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve.
[Firma y sello] Sr. Raúl Gonzalo Alvis Claudio PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
[Firma y sello] Dra. Adriana Ayala Pedraza CONCEJAL SECRETARIA H.C.M. DE COTOCA
La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Municipio de Cotoca.
[Firma] Wilfredo Añez Carrasco HONORABLE ALCALDE MUNICIPAL Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca
EXPOSICIÓN DE MOTIVO
En fecha 01 de Febrero del 2019, se derivó a la Comisión de Educación Cultura y Deporte del Concejo Municipal, la solicitud presentada por el Sr. José Luis Cabrera Paniagua Responsable de Cultura del G.A.M.C referente a la Presentación del Proyecto de Ley del Festival del Chorizo Probosteño., el cual esta comisión después de haber analizado la solicitud presentada, en fecha 8 de febrero del presente año en curso, realiza la siguiente observación a través de esta comisión en la cual concluye con lo siguiente: Presentar el Proyecto de Ley Municipal de acuerdo a la Ley Nº 482 art. 23 inc. b) El Proyecto de Ley Municipal contará con un informe técnico-legal cuando sea iniciativa del Órgano Ejecutivo Municipal.
En fecha 01 de marzo del presente año en curso, a través de Despacho Of. Int. Nº 014/2019, remita por el alcalde municipal, en cual solicita gestionar mediante procedimiento para la elaboración de Ley para el Festival del Chorizo Probosteño., solicitud que fue remitida a esa comisión para acumular a sus antecedentes.
El alcalde municipal de Cotoca, a través del Proyecto de Mujeres y Hombre emprendedores está dando resultados concernientes a las diferentes capacitaciones en los talleres impartido en las comunidades y barrio de Cotoca, en esta oportunidad el Club de Madres de la Comunidad de Porboste ha tomado la iniciativa de presentar el Chorizo Probosteño elaborado de manera artesanal, emprendimiento que se torna importante en el que Gobierno Municipal de Cotoca apoye esta clase de iniciativa y dar a conocer a la Ciudadanía en general los resultados de las capacitaciones.
Por ello el responsable de Cultura del Gobierno Municipal, solicita la aprobación de la ley municipal para cubrir los gastos para dicho festival del chorizo Probosteño a realizarse cada tercer domingo del mes de marzo de cada año, el mismo que será presentado nuestra plaza principal 8 de diciembre. Lo mismo que concierne en:
1.- Arreglo de escenario bs.- 2000,00 2.- Juegos populares bs.- 900,00 3.- Alquiler de sillas y mesa bs.- 1.500,00 4.- Servicio de amplificación bs.- 500,00 5.- Servicio de banda bs.- 2.100,00
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Marco de Autonomías en su artículo 7, parágrafo II, inciso 5, establece que una de las finalidades de los gobiernos autónomos es "Promover el desarrollo económico armónico de departamentos, regiones, municipios y territorios indígena originario campesino, dentro de la visión cultural económica y productiva de cada entidad territorial autónoma". Así mismo el artículo 8, numeral 3 establece que una de las funciones de la Autonomía Municipal es "... Impulsar el desarrollo económico local, humano y desarrollo urbano a través de la prestación de servicios públicos a la población, así como coadyuvar al desarrollo rural".
Que, de la misma forma en el artículo 95, parágrafo III de la Ley Marco de Autonomía N.- 030/2010, determina que "De acuerdo a la competencia del Numeral 17, parágrafo I, del Artículo 302, de la Constitución Política del Estado los gobiernos municipales autónomos tendrán las siguientes competencias exclusivas: (...) 2. Formular políticas de turismo local (...) 5. Establecer y ejecutar programas y proyectos que promocionen emprendimientos turísticos comunitarios".
[Firma y sello] Sr. Raúl Gonzalo Alvis Claudio PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
[Firma y sello] Dra. Adriana Ayala Pedraza CONCEJAL SECRETARIA H.C.M. DE COTOCA
Ciudad de Cotoca; Fundada el 15 de Diciembre de 1607 por el Gobernador Juan de Mendoza Capital de la Provincia Andrés Ibañez por ley de la República Nº 15/22 del 13 de Diciembre de 1993