El Concejo Municipal aprueba el régimen de uso de suelos aplicable a la zona periurbana norte del municipio, delimitada en el plano anexo, con el objetivo de ordenar el crecimiento urbano y proteger las áreas productivas y los acuíferos.
Artículo 1. La zona periurbana norte se clasifica en tres subzonas: residencial de baja densidad (R1), agropecuaria productiva (A1) y de protección hídrica (H1). Cada subzona admite usos específicos detallados en el Reglamento adjunto.
Artículo 2. En la subzona R1 se permite la construcción de viviendas unifamiliares de hasta dos plantas y comercio de barrio. Quedan prohibidas las urbanizaciones masivas, industrias y actividades que requieran extracción de agua subterránea mayor a 5 m³/día sin estudio hidrogeológico aprobado.
Artículo 3. La subzona H1 es área de protección absoluta: solo se permiten actividades de conservación, investigación, ecoturismo controlado y agricultura de subsistencia familiar. Toda infracción será sancionada con multa de hasta Bs 50.000 más demolición de la obra.