El Concejo Municipal de Cotoca aprueba la escala anual de patentes y tasas aplicables a actividades comerciales, industriales y de servicios desarrolladas en el territorio del municipio durante la gestión 2025.
Artículo 1. La patente anual mínima para microempresas y emprendimientos unipersonales con ingresos brutos menores a Bs 5.000 mensuales se fija en Bs 120, manteniendo el valor de la gestión anterior.
Artículo 2. Las empresas medianas con ingresos brutos entre Bs 5.001 y Bs 50.000 mensuales tributarán entre Bs 720 y Bs 4.800 anuales según escala progresiva. Los kioscos en zonas comerciales centrales tributarán Bs 480 anuales y los kioscos en zonas residenciales Bs 240 anuales.
Artículo 3. Se otorga una exención del 50 % en la patente del primer año a todo nuevo emprendimiento liderado por personas menores de 30 años o mayores de 60 años que se registren en el padrón municipal durante 2025.