HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
RESOLUCIÓN DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA No. 011/2026
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en su Art. 283.-, declara que existe Autonomía Municipal, la cual otorga capacidad Fiscalizadora, deliberante y legislativa al Gobierno Municipal y que dichas normas tienen la jerarquía descrita en el parágrafo II del Artículo 410 de la misma Constitución.
Que, la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales en su Artículo 18.- (Comisiones) establece: "Las Comisiones Permanentes y Especiales del Concejo Municipal, se determinarán en el Reglamento General del Concejo Municipal, de acuerdo a la realidad de cada Municipio."
Que, por su parte, la Ley Municipal N.- 019/2017 que reglamenta el actuar del Concejo Municipal de Cotoca en su artículo 28 dispone: "Las comisiones son instancias técnicas operativas responsables del análisis, revisión, elaboración y aprobación de los proyectos de instrumentos normativos y de fiscalización del Concejo Municipal y de otros temas que le sean asignados según su competencia y especialidad" y el artículo 31: "Las Comisiones Permanentes estarán conformadas por: un (a) Presidente (a) y un (a) Secretario (a) ambos con derecho a voz y voto. Las Comisiones podrán contar con Concejales adscritos a las mismas de forma circunstancial con derecho a voz y no a voto."
Que, conforme a la normativa precitada, en Sesión Extraordinaria de fecha 07 de mayo de 2026, se procedió a la elección de las directivas de las comisiones permanentes de trabajo del Concejo Municipal.
POR TANTO:
El Honorable Concejo Municipal, en pleno uso de las facultades que le confiere la Constitución Política del Estado, Ley de Gobiernos Autónomos N.- 482, y la Ley Municipal N° 019/2017, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO PRIMERO.- Quedan conformadas las siguientes Comisiones Permanentes de Trabajo del H. Concejo Municipal de Cotoca con vigencia de un año calendario:
Comisión de Constitución y Justicia — Presidente: Sr. Milton Frans Choque V.; Secretario: Lic. Mauricio Cayo Vedia.
Comisión de Obras Públicas — Presidente: Sra. Denisse Pinaya Becerra; Secretaria: Sra. Madalin Aquino Mamani.
Comisión de Abastecimiento y Mercado — Presidente: Sr. Milton Frans Choque V.; Secretaria: Sra. Madalin Aquino Mamani.
Comisión de Participación y Control Social — Presidenta: Sra. Dorys Cuellar Jorge; Secretario: Sr. Milton Frans Choque V.
Comisión de Medio Ambiente — Presidente: Sra. Madalin Aquino Mamani; Secretaria: Sra. Denisse Pinaya Becerra.
Comisión Educación, Cultura, Deporte y Turismo — Presidente: Prof. Julio Cesar Justiniano López; Secretario: Lic. Mauricio Cayo Vedia.
Comisión de Tráfico y Transporte — Presidente: Sra. Dorys Cuellar Jorge; Secretario: Sr. Sixto Justiniano Ribera.
Comisión de Salud y Saneamiento Ambiental — Presidente: Sra. Denisse Pinaya Becerra; Secretaria: Sra. Haydee Vásquez Valle.
Comisión de Finanzas — Presidente: Lic. Mauricio Cayo Vedia; Secretaria: Sra. Dorys Cuellar Jorge.
Comisión de Género, Niño, Niña y Adolescente — Presidente: Sra. Haydee Vásquez Valle; Secretaria: Sra. Juana Durán Campos.
Comisión de Anticorrupción — Presidente: Sr. Milton Frans Choque V.; Secretario: Lic. Mauricio Cayo Vedia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Directiva del Honorable Concejo Municipal queda a cargo de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Municipal.
Es Dada en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Cotoca a los Siete días del mes de Mayo del Año Dos Mil Veintiséis.
PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Abog. Walfer Carrillo Pedraza PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA
Lic. Mauricio Cayo Vedia SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE COTOCA