La Alcaldía Municipal designa a los integrantes del Tribunal de Honor Municipal, instancia que conoce las denuncias por faltas éticas y de conducta de las y los servidores públicos del GAM Cotoca.
Artículo 1. El Tribunal estará integrado por: un (1) representante del Alcalde, dos (2) Concejales designados por el pleno y dos (2) representantes de la sociedad civil con trayectoria reconocida.
Artículo 2. El mandato de los integrantes es de dos (2) años, no remunerado, sin posibilidad de reelección consecutiva. La participación es honorífica y se reconoce con certificación oficial al término del período.
Artículo 3. El Tribunal sesionará a requerimiento, garantizando el debido proceso, la confidencialidad de las denuncias y la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.