El Ejecutivo Municipal, en uso de sus atribuciones, emite el presente Decreto para reglamentar la operación de los mercados populares administrados por el GAM Cotoca.
Artículo 1. El horario de funcionamiento general es de 05:00 a 19:00 de lunes a sábado y de 05:00 a 14:00 los domingos. Los puestos de comida cocinada al paso pueden extender su horario hasta las 22:00 los viernes y sábados con permiso especial.
Artículo 2. Todo puesto de venta de alimentos frescos o cocinados debe contar con carnet sanitario vigente de la Dirección de Salud Municipal y exhibirlo de forma visible. Las inspecciones serán mensuales y aleatorias.
Artículo 3. El incumplimiento de estas normas será sancionado con llamado de atención, multa entre Bs 100 y Bs 1.500, o suspensión temporal del puesto, según gravedad y reincidencia.